lunes, 16 de febrero de 2009

Multa de 1.500€ por mofarse de un discapacitado

Protección de Datos multa a YouTube con 1.500 euros por un vídeo que se mofaba de un discapacitado

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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 1.500 euros a los responsables de la grabación y posterior difusión en YouTube de imágenes de un discapacitado psíquico, sin consentimiento previo del perjudicado, que, ademas, sufre las burlas de un grupo de jóvenes en el vídeo.

Así, la investigación abierta por la AEPD el 10 de octubre de 2007 ha concluido con la declaración de una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), en concreto, por incumplir el principio de consentimiento establecido en el artículo 6.

A pesar de la gravedad de la infracción, el hecho de que uno de los propios sancionados inmediatamente 'descolgase' las imágenes de YouTube "llevó a apreciar una cierta disminución de la culpabilidad y, por lo tanto, de la gravedad de la sanción", según ha explicado el director de la AEPD, Artemi Rallo, en referencia a los 1.500 euros de multa que se aplicará a los responsables.

"Una infracción grave puede comportar una sanción de entre 60. 000 y 300. 000 euros, pero la ley prevé la posibilidad de reducir el grado de la sanción en el supuesto de que se aprecie la disminución de culpabilidad", aclaró para después mencionar otros atenuantes como la reincidencia, intencionalidad o daños y perjuicios causados a la persona grabada.

Se trata de la segunda sanción que impone la AEPD por la captación y difusión por la Red, tras multar el pasado mes de julio a los responsables de la propagación de las imágenes de la calle Montera de Madrid. En la actualidad, el organismo mantiene abierto otro procedimiento por el caso de la paliza propinada el pasado verano a una joven ecuatoriana de 14 años en la localidad madrileña de Colmenarejo.

Colaboración de GoogleA raíz de las informaciones que un su día publicaron los medios de comunicación con respecto a la existencia de las imágenes del discapacitado psíquico, la AEPD ordenó abrir una inspección que necesariamente llevó al organismo a pedir a la propietaria de YouTube, Google, las direcciones IP desde las que 'se colgaron' los vídeos para identificar a los supuestos infractores. "Google, como en otras tantas ocasiones, nos las facilitó", comentó Rallo.

El director de la AEPD instó a reaccionar contra estas "conductas reprochables y lamentables" no sólo desde el punto de vista jurídico, sino que hizo un llamamiento a los proveedores de alojamiento de vídeo, como el propio YouTube. "Deberían implementar medidas tecnológicas que depuraran los contenidos que se vuelcan en ellos. Hay que invertir en recursos y esfuerzos", indicó.

Además, calificó de "ficción" la política del portal de Google, que pone en manos de la comunidad de usuarios la tarea de censurar los vídeos inapropiados o que infrinjan derechos. La plataforma revisa las piezas 'marcadas' y, si procede, las borra. "Se publican miles de vídeos al día, y hay millones de personas que nunca sabrán que su imagen está en Internet, por lo que no basta creer que se satisfacen las exigencias del Estado de Derecho", apostilló.

No obstante el director de la AEPD subrayó el carácter "inequívoco" de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, que desarrolla las disposiciones europeas en relación a dónde empieza a la responsabilidad del proveedor de servicios de vídeos: "La responsabilidad para el proveedor comienza cuando tienen conocimiento de la ilegalidad de las imágenes, y no reaccionan borrando esos contenidos".

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